Convenio de doble imposición entre Francia y España: una herramienta clave para optimizar la fiscalidad de los residentes franceses en España | Le Petit Journal

Convenio de doble imposición entre Francia y España: una herramienta clave para optimizar la fiscalidad de los residentes franceses en España | Le Petit Journal

Ara Global Asesoría de Empresas ha publicado, una vez más, un artículo en Le Petit Journal, donde abordamos en detalle el convenio de doble imposición entre Francia y España, un acuerdo crucial para optimizar la fiscalidad de los residentes franceses en España. En este artículo exploramos cómo este convenio, en vigor desde 1995, facilita la eliminación de la doble imposición, un problema que afecta a muchos ciudadanos que residen en ambos países.

¿Qué es el convenio de doble imposición?

Como detallamos en el artículo de Le Petit Journal, el convenio de doble imposición es un acuerdo internacional que tiene como objetivo evitar que una misma renta sea gravada dos veces en dos países diferentes. Esto es especialmente relevante para aquellos residentes franceses en España que hayan venido a trabajar, invertir o a disfrutar de su jubilación. El convenio no solo ayuda a evitar la doble imposición, sino que también fomenta el intercambio económico entre ambos países, evitando así cargas fiscales excesivas.

Principales aspectos del convenio entre Francia y España

El artículo describe en profundidad cómo el convenio establece reglas claras sobre la residencia fiscal. En esencia, la residencia fiscal de una persona se determina por factores como su lugar de residencia principal o el centro de sus intereses vitales. Si estos criterios no son concluyentes, el convenio permite el uso de factores secundarios como el centro de los intereses económicos o la nacionalidad para resolver el conflicto.

Además, explicamos cómo el convenio regula la imposición de los ingresos de forma efectiva. Los ingresos laborales, por ejemplo, se gravan en el país donde se lleva a cabo la actividad, pero el país de residencia también puede incluir esos ingresos en su cálculo de impuestos, aplicando un crédito fiscal para evitar la doble imposición. En el caso de las pensiones públicas, el convenio especifica que se gravan en el país de origen, mientras que las pensiones privadas pueden estar sujetas a impuestos en ambos países, pero se aplica un crédito fiscal para aliviar la carga.

Para dividendos, intereses y regalías, el convenio establece que estos se gravan en ambos países, pero con límites sobre las tasas impositivas aplicables, lo que reduce la carga fiscal total.

Eliminación de la doble imposición: métodos clave

Tal y como explicamos en el artículo, el convenio entre Francia y España utiliza el método del crédito fiscal como principal herramienta para evitar la doble imposición. Este mecanismo permite que el impuesto pagado en un país se deduzca del impuesto a pagar en el otro, dentro de los límites establecidos. Por ejemplo, si un residente francés recibe ingresos en España, el impuesto pagado en España se acredita en su declaración de impuestos en Francia, evitando así una doble imposición completa.

Aplicaciones prácticas del convenio para los residentes franceses en España

En el artículo publicado en Le Petit Journal también detallamos ejemplos específicos de cómo este convenio beneficia a los residentes franceses en España. Los salarios y otros ingresos laborales, por ejemplo, tributan principalmente en el país donde se realizan las actividades laborales, en este caso España. Si el trabajador es residente fiscal en Francia, deberá incluir esos ingresos en su declaración, pero no se beneficiará del crédito fiscal por el impuesto pagado en España.

Asimismo, tratamos el caso de los ingresos derivados de actividades artísticas o deportivas, que se gravan en el país donde se lleva a cabo la actividad, incluso si el trabajador pasa menos de 183 días en el país. Las consultorías temporales también pueden estar sujetas a tributación en España si exceden ciertos límites.

Respecto a los ingresos inmobiliarios, explicamos cómo, aunque los propietarios tributen en el país donde se ubica la propiedad (en este caso Francia), también deben declarar estos ingresos en España. Sin embargo, el convenio asegura que el impuesto pagado en Francia se deduzca del impuesto a pagar en España, eliminando así la posibilidad de doble imposición.

Por último, para los jubilados la situación puede ser más compleja. En nuestro artículo destacamos que las pensiones públicas francesas se gravan únicamente en Francia, mientras que las pensiones privadas pueden estar sujetas a impuestos en ambos países, aplicándose el crédito fiscal en España por el impuesto pagado en Francia.

La importancia de contar con una asesoría especializada

Como indicamos en Le Petit Journal, a pesar de las ventajas del convenio de doble imposición, la fiscalidad transfronteriza puede ser complicada. Es fundamental contar con expertos fiscales que conozcan a fondo las normativas de ambos países. En Ara Global Asesoría de Empresas ofrecemos un asesoramiento integral para los residentes franceses en España, asegurando que cumplan con sus obligaciones fiscales y optimizando su situación para minimizar la carga impositiva.

Conclusión

El convenio de doble imposición entre Francia y España es una herramienta esencial para los franceses que residen en España, permitiendo evitar la doble imposición y ofreciendo un marco fiscal más claro y favorable. En Ara Global Asesoría de Empresas nos enorgullece haber compartido nuestra experiencia en Le Petit Journal, ayudando a los residentes a comprender mejor sus derechos y obligaciones.

Haz clic aquí para leer la noticia completa en Le Petit Journal.

Modelo 720: ¿para qué sirve y cuándo debe presentarse a la administración española? | Le petit journal

Modelo 720: ¿para qué sirve y cuándo debe presentarse a la administración española? | Le petit journal

El modelo 720 es la declaración de bienes situados en el extranjero y asume una obligación tributaria informativa que consiste en declarar bienes y derechos con contenido económico situados o gestionados en el extranjero.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?

El momento de presentar este modelo son los tres primeros meses del año en curso, pero no todo el mundo tiene la obligación de presentarlo. Los que sí son:

  • Personas físicas y personas jurídicas residentes en territorio español
  • Establecimientos permanentes en territorio español pertenecientes a personas o entidades no residentes
  • Entidades como comunidades de bienes y otras similares que no tienen personalidad jurídica pero que constituyen una unidad económica o un patrimonio diferenciado
  • Elementos consecutivos de herencia pendientes de aceptación

Además, la obligación del modelo 720 se aplica a los grupos que tengan más de 50.000 euros en activos en el exterior en total incluyendo cuentas y depósitos bancarios, derechos, seguros y rentas, valores, bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles a 31 de diciembre.

Las personas que hayan presentado el modelo 720 el año anterior solo tendrá que volver a presentarlo para el mismo grupo de bienes si su valor ha aumentado en más de 20.000 euros.

¿Para qué se utiliza el modelo 720?

El objetivo de presentar este modelo 720 es informar y presentar datos relativos a los siguientes elementos:

  • Información sobre cuentas en entidades financieras ubicadas en el extranjero
  • Información sobre títulos / valores, derechos, seguros y rentas gestionadas, depositadas u obtenidas en el extranjero
  • Información sobre bienes inmuebles y derechos sobre dichos bienes situados en el extranjero

Cuidado con las sanciones

Respecto a este modelo, la Administración considera infracción fiscal muy grave el hecho de no informar, informar de forma incompleta, errónea o falsa, presentar la declaración fuera de plazo o presentarla por medios distintos de los electrónicos, informáticos o telemáticos.

Según lo establecido en el Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario, aquellos que omitan la declaración de importes pertinentes o lo hagan de manera incorrecta o fuera del plazo establecido pueden enfrentar multas que oscilan entre los 100 euros y el 2% del importe de las operaciones no declaradas.

Es importante destacar que el incumplimiento en la presentación de autoliquidaciones o declaraciones dentro del plazo estipulado, así como el fallo en la comunicación del domicilio fiscal o el no cumplimiento de las condiciones de ciertas autorizaciones, pueden acarrear multas que van desde los 100 hasta los 20.000 euros.

Asimismo, la presentación incorrecta de autoliquidaciones o declaraciones sin perjuicio económico, o la falta de respuesta a requerimientos individualizados de información, puede resultar en sanciones que van desde los 150 euros hasta el 2% del importe de las operaciones no declaradas.

La recomendación de ARA Global Asesoría es presentar el modelo 720 en los plazos establecidos, dado que es un modelo informativo, gratuito y no tiene ningún inconveniente comunicarlo a la administración; en caso contrario, no hacerlo provocaría graves daños a la persona, como hemos visto.

Haz clic aquí para leer la noticia completa de Jorge García Santiago, director de ARA Global y experto en contabilidad fiscal, en Le petit journal.