por Admin | Abr 2, 2025 | Medios
«El sector inmobiliario en España está sujeto a constantes cambios fiscales, y el año 2025 no será una excepción». Así comienza el nuevo artículo que hemos publicado desde Ara Global Asesoría de Empresas en Le Petit Journal, en el que explicamos y analizamos los importantes cambios en la tributación de las rentas inmobiliarias, en particular en lo que respecta a la deducción por alquiler de alojamiento y la tributación de las rentas generadas por alquileres a corto plazo a través de plataformas como Booking y Airbnb.
Nuevas reglas para la deducción de rentas
Este año 2025 se introducen cambios en la deducción fiscal aplicable al alquiler de vivienda habitual. ¿Cuál es su objetivo? Favorecer el acceso a la vivienda y garantizar que los beneficios fiscales beneficien a quienes realmente los cumplen.
Cambios principales:
- Reducción del porcentaje de deducción: hasta el pasado año 2024, los inquilinos podían deducirse hasta el 10,05% de su renta en la declaración de la renta. Sin embargo, con la nueva normativa, este porcentaje podrá ajustarse en función de los ingresos y la situación personal del contribuyente.
- Tope máximo de ingresos: ahora se cuenta con nuevos umbrales de ingresos para aquellos inquilinos que se quieran beneficiar de esta deducción.
- Mayor control de los contratos de alquiler: el contrato de alquiler deberá estar registrado debidamente y el pago de la renta se realizará por medios bancarios sí o sí con el fin de evitar la evasión fiscal.
El llevar a cabo estas medidas aumentará la transparencia en el mercado del alquiler y dirigirá los beneficios fiscales hacia las poblaciones que tienen más dificultades para acceder a la vivienda.
Impacto para los propietarios:
Es importante saber que estos nuevos requisitos podría suponer una mayor carga administrativa para los propietarios, ya que deberán asegurarse de que todos los contratos cumplan los criterios establecidos. También deberán prestar especial atención a la documentación fiscal de sus inquilinos, ya que los beneficios fiscales dependerán de la veracidad de la información proporcionada.
Cambios en la tributación de las rentas de alquiler a corto plazo
Plataformas como Airbnb, Booking.com o Vrbo han crecido mucho en los últimos años, transformando el mercado del alquiler y generando una gran fuente de ingresos para muchos propietarios, pero también incrementando el escrutinio de la Agencia Tributaria sobre estas transacciones.
Este año 2025 se reforzarán las obligaciones fiscales para los alquileres de corta duración.
Nuevas medidas:
- Obligación de declarar ingresos: los propietarios que alquilen su vivienda a través de alguna de estas plataformas digitales tendrán que declarar todos los ingresos que les reporten, incluso si el alquiler es ocasional o a tiempo parcial.
- Retención de origen por parte de las plataformas: se estudia una medida para obligar a las plataformas de alquiler a aplicar automáticamente una retención en origen sobre la renta de los propietarios, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Distinción entre alquiler de vivienda y actividad económica: si el propietario ofrece otros servicios adicionales, como limpieza, recepción o cambio de ropa, la Agencia Tributaria podrá considerar el alquiler como una actividad económica, por lo que dará lugar a nuevas obligaciones fiscales y a la aplicación del IVA correspondiente.
- Aplicación del IVA en determinados casos: si el alquiler es de corta duración e incluye servicios hoteleros podrá estar sujeto a un IVA del 10% o del 21%, dependiendo de la naturaleza del servicio.
- Nuevos controles y sanciones: la Agencia Tributaria reforzará su seguimiento sobre los alquileres de corta duración, con inspecciones periódicas y mayores sanciones para quienes no declaren correctamente sus rentas.
Consecuencias para los propietarios:
Tal y como informamos en el artículo, «estos cambios podrían suponer un aumento de la carga fiscal efectiva para los propietarios que utilizan plataformas de alquiler turístico. Además, los costos administrativos también podrían aumentar debido al aumento de las obligaciones tributarias y de presentación de informes. Se recomienda a los propietarios consultar con un experto fiscal para revisar su situación y evitar posibles sanciones».
Conclusión
Los cambios en el impuesto sobre la renta inmobiliaria este año reflejan el esfuerzo del Gobierno por regular y supervisar el mercado del alquiler en España. «Si bien los inquilinos podrán beneficiarse de ventajas fiscales en las nuevas condiciones, los propietarios que alquilen sus propiedades por periodos cortos tendrán que cumplir con obligaciones fiscales más estrictas».
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por Admin | Mar 4, 2025 | Medios
Cada vez es más común el teletrabajo para aquellos profesionales cualificados que pueden desempeñar su actividad desde cualquier parte del mundo. Sin embargo, plantea dudas fiscales importantes, sobre todo para los que realizan teletrabajo en Francia pero residen en España, aun trabajando para una empresa francesa.
Desde Ara Global Asesoría hemos publicado un artículo en Le Petit Journal en el que analizamos las reglas clave sobre la residencia fiscal, la tributación del salario y cómo evitar la doble imposición entre ambos países.
1. Residencia fiscal: ¿España o Francia?
Lo primero es empezar por determinar la residencia fiscal, que definirá en qué país debes tributar tus ingresos.
Según la normativa española (Ley del IRPF) y el Convenio de Doble Imposición entre España y Francia, una persona es residente fiscal en España si cumple al menos uno de estos criterios:
- Permanencia en España: si resides en España más de 183 días en un año natural. No tienen que ser consecutivos y se contabilizan incluso si sales temporalmente del país.
- Centro de intereses económicos: si la mayor parte de tus ingresos o inversiones provienen de España, se considera que tienes tu base económica en el país.
- Núcleo familiar: si tu cónyuge e hijos menores de edad residen en España, salvo prueba en contrario, Hacienda asumirá que tú también eres residente fiscal en España.
España te considera residente fiscal si cumples alguno de estos criterios. Y, por tanto, deberás pagar impuestos en España por todos tus ingresos, sin importar su origen.
En caso de no cumplir estos requisitos y demostrar que sigues viviendo en Francia, entonces tributarás en Francia.
2. Tributación del salario en el teletrabajo internacional
Si vives en España pero trabajas para una empresa francesa, el tratamiento fiscal de tu salario dependerá de si eres residente fiscal en España o en Francia.
- Caso 1: eres residente fiscal en España y trabajas en remoto para una empresa francesa
- España aplicará el IRPF sobre tus ingresos, ya que tributas en España por renta mundial.
- La empresa francesa podría retenerte impuestos en origen, pero se puede solicitar la aplicación del Convenio de Doble Imposición para evitar tributar dos veces.
- Debes declarar tus ingresos en España mediante la declaración anual de la renta (Modelo 100).
- Caso 2: eres residente fiscal en Francia pero trabajas desde España temporalmente
- Seguirás tributando en Francia si pasas menos de 183 días en España.
- No estarás sujeto al IRPF, salvo que la empresa tenga un establecimiento permanente en España.
- Es importante evitar que la estancia en España se prolongue más allá del umbral de residencia fiscal.
- Caso 3: teletrabajas desde España para una empresa francesa como autónomo (freelance)
- Si trabajas como autónomo desde España, deberás darte de alta en Hacienda (modelo 036/037) y en la Seguridad Social (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, RETA).
- Hay que emitir las facturas con IVA para tributar en España.
- La empresa francesa no te retendrá impuestos, pero deberás declarar los ingresos en España en el IRPF.
3. Cómo evitar la doble imposición entre España y Francia
Uno de los mayores riesgos del teletrabajo internacional es la doble imposición o, lo que es lo mismo, pagar impuestos dos veces por el mismo ingreso.
¿Cómo se puede evitar? El Convenio de Doble Imposición entre España y Francia establece que:
- Si España te considera residente fiscal puedes aplicar el crédito fiscal por los impuestos ya pagados en Francia.
- Si Francia te retiene impuestos en origen puedes solicitarlos de vuelta o compensarlos con los que tengas en España.
- Es fundamental declarar correctamente los ingresos y presentar los documentos necesarios (como el modelo 1116 en España para acreditar impuestos pagados en Francia).
Si te retienen impuestos en Francia pero vives en España, puedes solicitar a la empresa francesa que aplique el convenio y te pague sin retenciones en origen.
4. Caso práctico
Paul, un diseñador gráfico francés, se traslada a Madrid pero sigue trabajando en remoto para su empresa en París.
- Vive en España todo el año, por lo que es residente fiscal en España.
- Su salario proviene de una empresa francesa.
- Su empresa francesa le ha retenido impuestos en origen, pero Paul solicita crédito fiscal en España para evitar la doble imposición.
5. Consejos para evitar problemas fiscales
- Revisa tu situación fiscal antes de mudarte para evitar sorpresas con Hacienda.
- Consulta con un asesor fiscal especializado en tributación internacional.
- Informa a tu empresa francesa sobre tu residencia fiscal para que puedan aplicar el Convenio de Doble Imposición correctamente.
- Solicita los documentos adecuados (certificado de residencia fiscal en España, modelo 1116 para evitar doble imposición).
- Mantén un registro de los días que pasas en cada país para justificar tu residencia fiscal en caso de inspección.
Conclusión
Si tienes teletrabajo en Francia pero vives en España es importante que conozcas tus obligaciones fiscales. La residencia fiscal determina dónde tributas y el Convenio de Doble Imposición evita pagar impuestos dos veces.
Para evitar problemas, es recomendable consultar con un asesor fiscal especializado y asegurarse de cumplir con la normativa de ambos países.
¿Necesitas ayuda con tu situación fiscal?
En ARA Global Asesoría somos expertos en fiscalidad internacional y asesoramos a trabajadores remotos, expatriados y empresas con intereses en España y Francia. Si tienes dudas sobre tu residencia fiscal, la doble imposición o la seguridad social, no dudes en contactarnos. ¡Estamos aquí para ayudarte!
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por Admin | Feb 4, 2025 | Medios
Las criptomonedas y otros activos digitales han ido ganando protagonismo en los últimos años, sobre todo en la economía global, atrayendo la atención de las autoridades fiscales. Este año 2025, la Agencia Tributaria ha reforzado sus mecanismos de control y regulación sobre estos activos, y sobre estas novedades hemos publicado un nuevo artículo en Le Petit Journal. En él analizamos las modificaciones más relevantes en la fiscalidad de las criptomonedas y otros activos en el extranjero que afectan a los residentes en España.
Se han implementado estos cambios con unos objetivos claros: aumentar la transparencia, evitar la evasión fiscal y equiparar el tratamiento de las criptomonedas con otros activos financieros.
1. Nueva obligación de declaración de criptomonedas en el Modelo 721
Desde el año 2024, los residentes fiscales en España deben declarar sus criptoactivos mantenidos en el extranjero a través del Modelo 721, siempre que el valor conjunto supere los 50.000€.
Es importante conocer que este modelo citado se asemeja al conocido Modelo 720, utilizado para la declaración de bienes y derechos en el extranjero, pero adaptado específicamente a los activos digitales.
Este método es utilizado por la Agencia Tributaria para conocer, con mayor precisión, qué ciudadanos tienen criptomonedas en plataformas extranjeras y evitar así que se utilicen para ocultar patrimonio no declarado.
¿Qué ocurre si no se cumplen estas medidas?
El no cumplimiento de esta obligación conlleva sanciones severas como:
- Multas económicas por dato omitido e incorrecto o por presentación tardía sin requerimiento previo.
- En caso de no presentar la declaración, la Administración puede considerar el importe no declarado como ganancia patrimonial no justificada, lo que conlleva una tributación elevada.
Por tanto, es fundamental que los contribuyentes con criptomonedas en exchanges extranjeros se informen sobre esta obligación y realicen la declaración pertinente en los plazos establecidos.
2. Tributación de las ganancias de criptomonedas
Son consideradas como ganancias patrimoniales las plusvalías generadas por la compraventa de criptomonedas y, por tanto, tributan en el IRPF. España ha introducido este año 2025 algunas modificaciones en la escala impositiva:
- Hasta 6.000€: 19%
- De 6.000,01 a 50.000€: 21%
- De 50.000,01 a 200.000€: 23%
- De 200.000,01 a 300.000 euros: 27%
- Más de 300.000 euros: 30%
Esta nueva escala supone un incremento del 2% en los beneficios superiores a 300.000€, afectando principalmente a grandes inversores y traders con altos volúmenes de operaciones.
Obligación de declarar ganancias en la Renta
Cualquier operación con criptomonedas debe ser declarada, incluso si no se convierten a euros. Las permutas entre criptomonedas (por ejemplo, cambiar Bitcoin por Ethereum) se consideran operaciones sujetas a tributación.
Si el contribuyente recibe pagos en criptomonedas, estos deben también reflejarse en su declaración como rendimientos del trabajo o actividades económicas, dependiendo de la naturaleza de la transacción.
3. Regulación de los NFT y su tratamiento fiscal
Los Tokens No Fungibles (NFT) han generado en los últimos años una gran incertidumbre fiscal. En España, a partir de este año, se establece que:
- La venta de NFT por parte de empresas o autónomos residentes en España estará sujeta al IVA del 21%.
- Las transacciones entre particulares pueden estar exentas de IVA, dependiendo de la localización de las partes involucradas.
- Las ganancias obtenidas por la venta de NFT tributarán en el IRPF como ganancia patrimonial.
Esto supondrá un mayor control sobre el mercado de NFT y reducirá también el anonimato de estas transacciones.
4. Implementación del Marco DAC8 para el intercambio de información
Desde este mismo año, 2025, España implementa el Marco DAC8, una directiva de la Unión Europea que obliga a los exchanges y plataformas de criptomonedas a informar sobre todas las operaciones de sus usuarios a las autoridades fiscales.
¿Qué significa esto?
- Que la Agencia Tributaria tendrá acceso a información detallada sobre depósitos, retiradas y operaciones con criptomonedas.
- Se reducirá la posibilidad de ocultar activos digitales en plataformas extranjeras.
- Se refuerza el intercambio automático de datos entre países de la Unión Europea para prevenir el fraude fiscal.
Este cambio refuerza la trazabilidad de las operaciones con criptomonedas y elimina la idea de que estos activos son completamente anónimos.
5. Sanciones por incumplimiento de obligaciones fiscales
Estas sanciones son bastante elevadas. Además de las multas por no presentar el Modelo 721, los contribuyentes pueden enfrentarse a:
- Recargos por presentación fuera de plazo, que van del 5% al 20% sobre el importe a pagar.
- Inspecciones fiscales, con posibilidad de liquidación de impuestos atrasados e intereses de demora
- Sanciones económicas elevadas en casos de ocultación de patrimonio, que pueden alcanzar hasta el 150% de la cuota defraudada.
Es muy importante que los inversores en criptomonedas mantengan registros detallados de todas sus operaciones y consulten con una personas especializada para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
Consejos prácticos para cumplir con la normativa en la fiscalidad de las criptomonedas
Dado el complejo marco normativo, se recomienda a los contribuyentes que:
- Lleven un registro detallado de sus transacciones con criptomonedas
- Verifiquen si deben presentar el Modelo 721 si tienen criptoactivos en el extranjero
- Declaren correctamente las ganancias en el IRPF para evitar sanciones
- Consulten con un asesor fiscal especializado en criptomonedas para optimizar su tributación y evitar errores
Como conclusión, las modificaciones fiscales introducidas en 2025 reflejan el esfuerzo de las autoridades españolas por regular y controlar el creciente mercado de las criptomonedas y otros activos digitales.
Para evitar sanciones y cumplir con toda la normativa vigente, es fundamental que los contribuyentes se informen y planifiquen correctamente su fiscalidad.
Si necesitas ayuda con la fiscalidad de las criptomonedas, desde Ara Global Asesoría de Empresas podemos ofrecerte servicios personalizados para ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales y optimizar así tu tributo en el ámbito de los activos digitales:
- Te asesoramos en la declaración del Modelo 721 y del IRPF.
- Te ayudamos a regularizar tu situación si tienes criptomonedas en el extranjero
- Ofrecemos planificación fiscal para minimizar impuestos dentro del marco legal.
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por Admin | Dic 10, 2024 | Medios
Jorge García Santiago, director de ARA Global Asesoría de Empresas y experto en contabilidad fiscal, ha publicado una guía en la que explica detalladamente cómo afrontar una solicitud o auditoría fiscal española. Desde la autenticidad de la notificación hasta las posibles sanciones, esta guía ofrece un enfoque práctico para cumplir con las exigencias de las autoridades fiscales y evitar complicaciones.
1. Verificar la notificación en una auditoría fiscal española es vital
El primer paso, según Jorge García, es confirmar que la notificación recibida es auténtica. En España, estas comunicaciones suelen realizarse por dos vías principales:
- Notificación electrónica, especialmente dirigida a empresas y autónomos, disponible en la casilla electrónica habilitada.
- Notificación postal, enviada por correo certificado al domicilio fiscal.
Es importante revisar cuidadosamente:
- El objeto de la solicitud, para entender qué información se requiere.
- El plazo de respuesta, que suele oscilar entre 10 y 15 días
- Instrucciones específicas, ya que algunas solicitudes incluyen directrices claras sobre cómo proceder.
2. Plazos
Cumplir con los plazos también es fundamental. Generalmente, la respuesta debe enviarse dentro de un plazo de 10 a 15 días laborables desde la recepción. Jorge García explica que, en casos excepcionales, es posible solicitar una prórroga, pero advierte de que no siempre se concede.
3. Documentación clave
Es esencial proporcionar los documentos requeridos de forma completa y precisa. Según esta guía, los documentos más habituales incluyen:
- Facturas emitidas y recibidas, organizadas cronológicamente.
- Libros de contabilidad, como registros de compras, ventas y balances.
- Declaraciones tributarias y justificantes, como los correspondientes al IVA o al IRPF.
La exactitud y el cumplimiento en esta etapa son claves para evitar inspecciones adicionales.
4. Métodos de envío
Jorge García indica que existen dos opciones para presentar la documentación solicitada:
- Presentación electrónica: a través del portal de la administración tributaria, utilizando un certificado digital o Cl@ve, accediendo al apartado de «Contestación de requerimientos y comunicaciones».
- Presentación presencial: en oficinas físicas, previa cita, aunque esta opción es menos común.
Un consejo práctico es reunir y enviar los documentos al mismo tiempo para minimizar la posibilidad de requerimientos adicionales.
5. Consecuencias de no responder o hacerlo incorrectamente
No responder o hacerlo de forma incorrecta puede derivar en sanciones, que variarán según la gravedad del asunto. Entre las consecuencias más habituales se encuentran:
- Multas económicas.
- Inspecciones más exhaustivas, como un análisis detallado de declaraciones anteriores.
- Intereses y penalizaciones por errores o pagos incompletos.
Si no se responde dentro del plazo inicial, puede emitirse una segunda notificación con advertencias más severas. En caso de ignorar esta última, se iniciará un procedimiento sancionador automático.
Abordar una auditoría fiscal española puede ser un desafío, pero contar con el respaldo de expertos marca la diferencia. En ARA Global Asesoría de Empresas contamos con un equipo especializado en guiar a empresas y autónomos en cada parte del proceso.
Desde analizar tu situación fiscal hasta preparar y presentar la documentación requerida, nuestro enfoque estratégico garantiza que cumplas con todas las exigencias legales mientras minimizas riesgos y optimizas resultados.
Si has recibido una notificación o necesitas prepararte para una auditoría fiscal española, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para convertir un momento complicado en una oportunidad para fortalecer tu gestión fiscal.
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por Admin | Nov 12, 2024 | Blog
Cumplir con los plazos de presentación de impuestos es crucial para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento de tus obligaciones fiscales en España. En esta guía te explicamos los principales plazos que aplican en 2025 para autónomos, empresas y particulares.
1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Declaración anual: la campaña de la Renta para particulares y autónomos se desarrollará entre abril y junio de 2025. La Agencia Tributaria publicará las fechas exactas, pero es habitual que inicie a principios de abril y finalice a finales de junio.
- Pagos fraccionados (Modelos 130 y 131): los autónomos que tributan en estimación directa o objetiva deben presentar pagos fraccionados en los primeros 20 días de abril, julio y octubre, y hasta el 30 de enero de 2025 para el último trimestre de 2024.
- Retenciones a empleados y profesionales (Modelo 111): las empresas que retienen IRPF a empleados y profesionales deben presentar el Modelo 111 cada trimestre en las mismas fechas, es decir, en abril, julio, octubre y enero.
2. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Declaración trimestral (Modelo 303): los contribuyentes deberán presentar su declaración de IVA trimestral en el Modelo 303 durante los primeros 20 días de abril, julio y octubre, y hasta el 30 de enero de 2025 para el cuarto trimestre de 2024.
- Resumen anual (Modelo 390): el resumen anual del IVA debe presentarse en enero de 2025, unificando los datos de todas las declaraciones trimestrales del año 2024.
El IVA es un impuesto que afecta a la mayoría de las operaciones comerciales, y es crucial cumplir puntualmente con sus plazos para evitar recargos o sanciones.
3. Impuesto sobre Sociedades
- Declaración anual (Modelo 200): las empresas y sociedades deben presentar el Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200) en los primeros 25 días naturales después de los seis meses desde el cierre del ejercicio fiscal. Para la mayoría de las empresas con cierre a 31 de diciembre, el plazo será hasta el 25 de julio de 2025.
- Modelo 220: Las entidades que pertenecen a un grupo fiscal y presentan el impuesto de forma consolidada deberán hacerlo a través del Modelo 220 en la misma fecha límite que el Modelo 200.
4. Pagos fraccionados para autónomos y empresas
- Modelo 130 (autónomos): para autónomos en estimación directa, el Modelo 130 se presenta trimestralmente en abril, julio, octubre y enero.
- Modelo 202 (empresas): las sociedades deben presentar el Modelo 202 para realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. Los plazos para estos pagos son en abril, octubre y diciembre de cada año, aunque las fechas pueden variar ligeramente según el calendario fiscal anual.
Consecuencias de no cumplir con los plazos fiscales
No respetar los plazos fiscales establecidos puede llevar a:
- Recargos e intereses de demora: aplicables por cada día de retraso sobre el importe adeudado, incrementándose con el tiempo.
- Sanciones económicas: la cuantía puede aumentar dependiendo de la naturaleza de la infracción, especialmente si Hacienda percibe intencionalidad o negligencia.
- Restricciones de beneficios fiscales: en algunos casos, el incumplimiento puede limitar el acceso a subvenciones, bonificaciones o deducciones en el futuro.
Servicios de ARA Gestión Global Empresarial para el cumplimiento fiscal
En ARA Gestión Global Empresarial te ayudamos a cumplir con todas tus obligaciones fiscales, asegurándonos de que tus declaraciones se presenten en los plazos adecuados y sin errores. Nuestro equipo de expertos en asesoría fiscal se encarga de la preparación y gestión de cada impuesto, minimizando los riesgos de sanciones y optimizando tu situación tributaria.
Para obtener más información sobre cómo podemos ayudarte a gestionar tus impuestos en 2025, ¡Contáctanos! Estamos aquí para apoyarte en todas tus necesidades fiscales.
Jorge García Santiago, director de ARA Global y experto en contabilidad fiscal
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