Muchos empresarios franceses que desarrollan su actividad en España lo hacen a través de varias sociedades, ya sea por diversificación, por cuestiones legales o por estrategia de negocio. Con el tiempo, esta estructura puede resultar compleja de gestionar, fiscalmente ineficiente y vulnerable desde el punto de vista patrimonial.

La creación de una sociedad holding permite centralizar la gestión, optimizar los flujos financieros y reducir la carga fiscal dentro de un marco completamente legal y regulado. Esta herramienta es especialmente útil para empresarios franceses residentes fiscales en España que desean consolidar su patrimonio empresarial de forma ordenada y eficiente.

¿Qué es una sociedad holding?

Una sociedad holding es una entidad cuya actividad principal consiste en tener y gestionar participaciones en otras sociedades, tanto en España como en el extranjero.

En España, una holding puede adoptar la forma de una Sociedad Limitada (SL) o una Sociedad Anónima (SA). No existe una forma jurídica especial para estas sociedades: lo que las define es su función de control sobre otras empresas, no su actividad operativa.

Estas sociedades están plenamente reguladas por:

  • La Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010).
  • La Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014).
  • La normativa contable y mercantil aplicable.

 

Ventajas fiscales y estratégicas de una holding en España

Exención del 95% sobre dividendos y plusvalías (art. 21 LIS)

Una de las ventajas más importantes para una holding es la posibilidad de aplicar una exención del 95% sobre:

  • Dividendos recibidos de sus filiales.
  • Plusvalías generadas por la venta de participaciones.

Requisitos:

  • Tener al menos un 5% del capital de la filial
  • Haber mantenido esa participación durante al menos un año
  • Que la filial no esté en un país no cooperador (según normativa vigente)

Ejemplo: Si una filial reparte 100.000 € de dividendos a la holding, esta solo tributará sobre 5.000 €, al tipo general del 25%. El resto (95%) queda exento, lo que implica una carga efectiva de solo el 1,25%.

Consolidación del control y simplificación operativa

Tener varias sociedades bajo una misma holding permite:

  • Unificar la toma de decisiones desde la matriz
  • Organizar estructuras de grupo más transparentes
  • Planificar de forma conjunta la actividad de cada filial
  • Acceder más fácilmente a financiación para el conjunto del grupo

Optimización en la distribución de beneficios

Una holding puede retener dividendos dentro del grupo y decidir su distribución al empresario persona física según el momento más favorable fiscalmente. Esto permite:

  • Evitar el IRPF hasta el reparto efectivo
  • Facilitar reinversiones desde la holding
  • Planificar la carga fiscal personal a medio y largo plazo

Protección patrimonial

La estructura holding permite aislar riesgos entre sociedades y proteger activos estratégicos:

  • Inmuebles, marcas o inversiones pueden mantenerse en sociedades distintas a las operativas
  • Si una filial tiene problemas financieros, no afecta directamente al resto
  • Se facilita la venta parcial del grupo o la entrada de nuevos socios solo en una parte del negocio

 

Ventajas para residentes franceses en España

Convenio de doble imposición Francia–España

Gracias al Convenio firmado entre Francia y España (BOE, 1997):

  • Se evita la doble imposición sobre dividendos y plusvalías
  • Se pueden aplicar retenciones reducidas entre sociedades si se cumplen los requisitos del convenio

Además, si el empresario reside en España más de 183 días al año y cumple los criterios fiscales, tributa exclusivamente en España sobre sus rentas mundiales.

¿Cómo se constituye una sociedad holding en España?

  1. Constitución de una nueva sociedad (SL o SA)
  2. Redacción de estatutos adecuados, incluyendo la actividad de tenencia de participaciones
  3. Adquisición o aportación de participaciones en otras sociedades
  4. Evaluación de la posibilidad de aplicar el régimen fiscal especial de reestructuración (fusiones, escisiones, aportaciones no dinerarias) regulado en el Capítulo VII, Título VII de la LIS
  5. Alta en Hacienda y Registro Mercantil
  6. Estudio previo de sustancia económica y coherencia jurídica

Precauciones y requisitos

La estructura holding debe cumplir todos los requisitos legales y fiscales:

  • Propósito económico real: no basta con que exista la sociedad, debe tener una función operativa
  • Sustancia mínima: en algunos casos, se requiere cierta infraestructura administrativa y decisoria
  • Control formal: correcta contabilidad, cumplimiento de plazos, libros y obligaciones fiscales

La Agencia Tributaria puede denegar la exención fiscal si considera que la estructura es puramente instrumental o si no hay una motivación económica válida para la reestructuración.

Conclusión

La creación de una sociedad holding en España es una estrategia legal y eficaz para empresarios franceses que gestionan varias sociedades. Ofrece ventajas fiscales claras, mejora la organización patrimonial y permite una planificación empresarial más eficiente.

Eso sí: no se trata de una estructura automática ni genérica. Requiere análisis previo, diseño personalizado y cumplimiento estricto de la normativa.

En ARA Global Asesoría, somos expertos en estructuración de holdings para clientes franceses con intereses en España. Te asesoramos desde el diseño inicial hasta la implementación fiscal y legal completa, siempre con una visión estratégica y segura.